Realidad de las cifras involucradas en la rebaja anticipada de contribuciones patronales
Por medio del decreto 128/2019 se dispone un adelanto en la aplicación del total del mínimo no imponible por empleado para el cálculo de las contribuciones patronales, al régimen previsional, establecido en la Reforma Tributaria aprobada en el año 2017.
La medida dispuesta implica que los empleadores de un conjunto de 47 actividades primarias e industriales (siempre que ésta sea la principal) podrán computar a partir de las remuneraciones devengadas en marzo, la totalidad del mínimo no imponible; supone un adelanto de tres años en el cronograma originalmente dispuesto.