La resignación de ingresos tributarios originada en gastos tributarios y en otros beneficios fiscales, es equivalente al 20% de la recaudación tributaria nacional efectiva. La Nación participa con el 57% y las provincias con el 43%. Un análisis detallado por impuestos.
El proyecto de ley de presupuesto para el año 2023 incluyó de manera particular la descripción del gasto tributario previsto. Además, incluyó un cálculo de costo fiscal equivalente de ciertos beneficios fiscales que en la actualidad están vigentes. El gobierno hace mención al tema en línea con las discusiones que se tienen en esta materia con el Fondo Monetario Internacional (FMI), dentro del acuerdo vigente.