Impuesto a las ganancias sobre trabajadores asalariados: el Estado podría quedarse con entre un 14% y un 69% del sueldo anual complementario

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En pocos días los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a percibir la primera cuota del sueldo anual complementario (SAC) y, de no disponerse que la misma no sea computable para el cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias como ha sucedido en algunas oportunidades en los últimos años, aquellos que sean contribuyentes del mismo por superar mínimos y deducciones (es decir quienes perciban ingresos brutos superiores a los $ 15.000 mensuales), se encontrarán con la “sorpresa” de que una parte significativa del monto neto de su aguinaldo será absorbido por las retenciones del impuesto a las ganancias que se le practicarán en el mes de junio y que corresponden a su remuneración mensual normal más la media cuota del sueldo anual complementario.

Esta situación se origina en dos situaciones, una normal y la otra que deriva de las distorsiones acumuladas fundamentalmente por la falta de actualización de los tramos de escala del impuesto que se encuentran congeladas desde el año 2000:

  1. Por una parte la mecánica de cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias de los empleados en relación de dependencia implica que los mínimos y deducciones anuales computables se periodifiquen proporcionalmente en forma mensual, sin contemplar incremento alguno en los meses en que se perciben remuneraciones extraordinarias como es el caso del SAC y también de horas extras, premios, etc. En consecuencia, en esos meses la retención sufrida por los trabajadores evidencia normalmente un incremento más que proporcional al porcentaje que la cuota del SAC significa sobre el sueldo neto del trabajador y que es normalmente el 50%.
  2. La falta de actualización de los tramos de escala provoca que se magnifique significativamente este efecto ya que los tramos de escala son tan exiguos que la percepción del SAC provoca en la mayoría de los casos un salto en los tramos de escala en la cual se encuentra el trabajador y en consecuencia un incremento en la tasa efectiva del impuesto que debe tributar. Téngase en cuenta que en la actualidad los intervalos nominales de ingresos imponibles anuales para los tres primeros tramos de la escala son de sólo $ 10.000 en cada una (lo que significa $ 833 mensuales) y para los cuatro siguientes de sólo $ 30.000 en cada caso ($ 2.500 mensuales). En consecuencia por ejemplo, a un trabajador casado con dos hijos que percibe un ingreso mensual bruto de $ 16.000, la percepción de la media cuota del SAC en el mes de junio, de no disponerse modificación alguna, le implicará pasar de quedar alcanzado por los tramos superiores de su salario a la tasa del 9% como en el mes de mayo, a una tasa del 19%.

Para cuantificar esta situación se ha elaborado el siguiente cuadro que muestra la situación de los trabajadores casados con dos hijos de diferentes niveles de ingreso, siempre que se encuentren alcanzados por el impuesto, es decir perciban remuneraciones brutas superiores a $ 15.000 mensuales.

Cuadro 1:

IMPUESTO A LAS GANANCIAS TRABAJADORES DEPENDIENTES

% QUE LA RETENCION DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE JUNIO
REPRESENTA SOBRE EL MONTO NETO DE LA CUOTA DEL SAC

Caso: Trabajador casado con dos hijos cuyo cónyuge no percibe ingresos
Sin incremento nominal de salarios

Sueldo Bruto Mensual

Retención mensual normal

Retención de junio  por sueldo y SAC

% que la retención de junio representa sobre SAC neto

 

57,94

940,65

14,3%

 

308,92

 

26,5%

 

677,48

 

32,1%

     

38,9%

     

58,5%

Como se advierte, la combinación de los dos factores mencionados provocará que la retención mensual  de impuesto a las ganancias que afrontarán los trabajadores sufra un incremento muy superior al 50% que significa la cuota del SAC, y en consecuencia absorba un porcentaje significativo del monto de bolsillo a percibir en concepto de sueldo anual complementario junto con la remuneración del mes de junio. Se reitera que la comparación se efectúa considerando la totalidad de la retención del impuesto que se sufrirá, y que comprende tanto a la mensualidad de junio como al medio aguinaldo.

Estos porcentajes serán todavía más significativos si el trabajador ha percibido un incremento nominal de ingresos durante el año 2014, tal como lo muestra el siguiente cuadro que supone una negociación paritaria que haya contemplado un incremento del 30%.

Cuadro 2:

IMPUESTO A LAS GANANCIAS TRABAJADORES DEPENDIENTES

% QUE LA RETENCION DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE JUNIO REPRESENTA SOBRE EL MONTO NETO DE LA CUOTA DEL SAC

Caso: Trabajador casado con dos hijos cuyo cónyuge no percibe ingresos
Con incremento nominal del 30% de los salarios

Sueldo Bruto Mensual

Retención mensual normal

Retención de junio por sueldo y SAC

% que la retención de junio representa sobre SAC neto

 

737,20

 

32,1%

     

39,5%

     

46,9%

     

54,3%

     

69,2%

    

La mayor incidencia de la retención en este escenario se da porque la tasa efectiva del impuesto que los trabajadores ejemplificados  están soportando normalmente en el año 2014 ha sufrido un fuerte incremento respecto al año 2013 al no haberse ajustado los mínimos y deducciones y, fundamentalmente no adecuarse los tramos de la escala de cálculo del impuesto.

Sería importante que los parámetros de cálculo del impuesto a las ganancias sean adecuados a los incrementos nominales de salarios  surgidos de las paritarias, adecuación que además de una modificación de los mínimos debería contemplar fundamentalmente la actualización de los tramos de escala ya que de lo contrario todo trabajador alcanzado queda rápidamente comprendido en las alícuotas superiores del impuesto que son las reservadas para aquellos contribuyentes del mayor poder adquisitivo. La distorsión de las mismas es tan grande en la actualidad que un trabajador casado con dos hijos que perciba un ingreso mensual de bolsillo de $ 19.000, ya empieza a tributar para los tramos superiores de su ingreso la alícuota máxima del 35%.

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